Definición pendiente de revisión: el texto puede cambiar. Consulta siempre la norma enlazada.
Equivalencia
Declaración oficial de que un título universitario extranjero corresponde al nivel académico de Grado o de Máster en un ámbito de conocimiento, sin equipararlo a un título español concreto. En las convocatorias también se habla de títulos «equivalentes» a los exigidos: quien alegue uno debe poder acreditar esa equivalencia como digan las bases.
Diferencias con términos parecidos
La equivalencia reconoce un nivel; la homologación, un título concreto que habilita para una profesión regulada.